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Fiduciante:
     
Personas físicas.
Personas jurídicas de carácter privado.
ersonas jurídicas de carácter público (Estado Nacional, Provincial y Municipal
 
Fiduciario:
     
Fideicomiso Ordinario: Personas físicas y/o jurídicas.
Fideicomiso Financiero: Entidades Financieras o sociedades autorizadas por la C.N.V.
 
Beneficiario:
     
Personas físicas y/o jurídicas. Pueden no existir al momento del contrato, pero deben constar los datos que permitan su individualización futura.
 
Fideicomisario:
     
Eventual destinatario de los bienes excedentes una vez finalizado el fideicomiso.
 

 

 
 
 
BAPRO MANDATOS Y NEGOCIOS S.A. 
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